Recurso Casación Pareja Hecho

La Alcadesa de Yecla, Remedios Lajara, decreta interposición de Recurso de Casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que falla a favor de una trabajadora municipal la cual se había constituido legalmente en Pareja de Hecho y que solicitó que se le aplicara la Ordenanza que el mismo Ayuntamiento que preside aprobó en 2003. 

El Grupo Socialista presentó un requerimiento este pasado jueves dirigido a la Alcaldesa Remedios Lajara como consecuencia del pleito que mantiene el Ayuntamiento de Yecla con una trabajadora municipal  desde que, en  febrero de 2019, decidiera constituirse legalmente como Pareja de Hecho y procediera a solicitar los 18 días de vacaciones, que por derecho le correspondían, al  hacer efectiva esta unión y conforme a la Ordenanza Municipal reguladora del Registro de Parejas de Hecho, aprobada por el Ayuntamiento de Yecla el 7 de Abril de 2003 que ampara la libertad y la igualdad de este modelo de familia mediante un trato idéntico.

  Pero, por si no fuera suficiente para el equipo de gobierno del Partido Popular  contravenir su propia ordenanza, le vamos a recordar la Ley Regional de Parejas de Hecho, que se aprobó el 3 de julio de 2018 y la Constitución Española de 1978 que reconocen los mismos derechos jurídicos, administrativos y laborales  a las parejas de hecho que a los matrimonios, ya que no puede existir discriminación del principio de igualdad, así como el art. 39 de la Constitución dispone que “los poderes  públicos asegurarán la protección social, económica y jurídica de la familia”.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia falla a favor de  la trabajadora que no está solicitando la  equiparación de la Pareja de Hecho al Matrimonio, puesto que eso ya se hizo cuando se aprobó la Ordenanza, su art. 10 lo constata. Lo que solicita la demandante es que se le aplique dicha norma.

Por lo que requiere y exige, la Portavoz Socialista a la Sra. Lajara, para que convoque la Mesa General de Negociación, porque resulta que una de las consecuencias  que ha dilatado este proceso no es otra que por disponer de un Convenio Colectivo caduco que data del año 2001, el cual no se ha anexionado, tal y como hicieron en su momento  otros ayuntamientos de nuestra región,  a la Ley Regional de Parejas de Hecho y tampoco se han incluido en el mismo  todos los acuerdos negociados, ni se  se han registrado en la Dirección General de Trabajo dando  lugar a la inseguridad jurídica de sus trabajadores. Todo ello a pesar de la insistencia de la Sección Sindical de Comisiones Obreras y de los representantes del personal laboral y funcionario que lo solicitaron, pero los representante del Equipo de Gobierno del Partido Popular se opusieron a incluir dicho convenio en la Ley Regional de Parejas de Hecho. 

Desde el Grupo Socialista nos preguntamos si acaso esta Ley no nos obliga a todos a su cumplimiento, el propio Presidente López Mirás firma esta Ley de Parejas de Hecho Regional y “ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir”.

  Desde el PSOE preguntamos igualmente a Remedios Lajara  por ese nuevo Convenio, que se comprometió a elaborar con los representantes de los trabajadores,  cuya redacción se encargó a una empresa y del que nadie conoce en la actualidad el destino  ni el coste de este trabajo que no ha visto la luz. También solicitamos un informe al servicio de intervención para saber el importe de los servicios jurídicos destinado por el Ayuntamiento para la defensa de esta causa a la que, tras el reciente fallo del Tribunal Supremo que da la razón a la trabajadora municipal, se ha interpuesto Recurso de Casación por parte de la institución municipal.

El Grupo Socialista y muchos ciudadanos y ciudadanas de Yecla no alcanzan a entender que, quien tiene que velar porque se cumplan la normas, se abstenga de hacerlo, salvo que al Equipo de Gobierno del Partido Popular no entienda que, además del matrimonio eclesiástico, existen otros tipos de uniones y que tenemos la libertad ,y nos asiste el derecho de igualdad, para elegir. Eso sí, la trabajadora municipal desembolsa las costas procesales de su bolsillo, pero en el caso contrario del bolsillo de todos. 

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